La operación, acordada en la Junta General del 19 de diciembre, contempla la emisión de 19.334 nuevas acciones y refuerza la estructura financiera del club
El Numancia aprueba una ampliación de capital de hasta 256.175 euros con derecho preferente para los socios
La operación, acordada en la Junta General del 19 de diciembre, contempla la emisión de 19.334 nuevas acciones y refuerza la estructura financiera del club
El Club Deportivo Numancia de Soria ha aprobado una ampliación de capital destinada a reforzar su estructura económica, según consta en el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. El acuerdo fue adoptado en la Junta General de Accionistas celebrada el 19 de diciembre de 2025.
La operación contempla un aumento del capital social de 138.044,76 euros, mediante la emisión de 19.334 nuevas acciones, con un valor nominal de 7,14 euros cada una. A este importe se suma una prima de emisión de 6,11 euros por acción, por lo que el desembolso total por cada nuevo título asciende a 13,25 euros.
En caso de que la ampliación sea suscrita en su totalidad, el importe global a desembolsar alcanzaría los 256.175,50 euros. El acuerdo reconoce expresamente el derecho de suscripción preferente a favor de los actuales accionistas, en proporción a su participación en el capital social. Aquellos socios que no dispongan de participaciones suficientes para suscribir una acción completa podrán agruparse con otros accionistas para ejercer conjuntamente este derecho.
El plazo para ejercer la suscripción preferente será de un mes, contado desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Durante ese periodo, los derechos de suscripción serán plenamente transmisibles, en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan.
Para formalizar la suscripción, los accionistas deberán comunicar su decisión por escrito al Consejo de Administración y abonar íntegramente el importe correspondiente en el momento de la suscripción. El Numancia contempla además la posibilidad de una ampliación incompleta, de modo que, si no se suscribe la totalidad de las acciones, el capital quedará ampliado únicamente por la cuantía efectivamente desembolsada.
Las nuevas acciones otorgarán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en circulación, una vez que el aumento de capital sea declarado suscrito y desembolsado. El acuerdo faculta igualmente al Consejo de Administración para adaptar los estatutos sociales a la nueva cifra de capital resultante.
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