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El TSJCyL confirma la condena por agresión sexual y amenazas impuesta por la Audiencia de Soria
El alto tribunal ratifica un año de prisión y rechaza el recurso presentado por la defensa al considerar válida la valoración de la prueba realizada en el juicio
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) confirmó íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Soria que condenó a un hombre por un delito de agresión sexual, otro de amenazas y un delito leve de lesiones por unos hechos ocurridos en agosto de 2021 en una vivienda de una localidad soriana.
El tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa y ratificó la resolución emitida por la Audiencia Provincial el 28 de mayo de 2025, al considerar suficiente y ajustada la valoración de la prueba practicada durante el juicio y descartar cualquier vulneración del derecho a la presunción de inocencia del condenado.
La sentencia mantiene una pena de un año de prisión por agresión sexual, además de seis meses de cárcel por amenazas y una multa de un mes por lesiones leves. Asimismo, incluye la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima, cinco años de inhabilitación para profesiones con contacto habitual con menores, tres años de libertad vigilada y una indemnización de 1.240,89 euros.
Según recoge la resolución, la víctima se desplazó desde Madrid hasta una localidad soriana el 29 de julio de 2021, tras aceptar una invitación del acusado para alojarse varios días en su vivienda, abonando 200 euros por la estancia. Ambos se conocían previamente por actividades y excursiones organizadas para personas solteras.
Los hechos probados señalan que durante esos días el acusado realizó insinuaciones de carácter sexual y comentarios vejatorios que la mujer rechazó de forma expresa. La resolución añade que el 3 de agosto de 2021, tras manifestar la víctima su intención de avisar a la Guardia Civil, el acusado presuntamente la amenazó con un cuchillo, además de realizar tocamientos y una agresión física hasta que la mujer consiguió abandonar la vivienda y pedir ayuda.
Como consecuencia de los hechos, sufrió hematomas y contracturas que precisaron asistencia médica.
El Tribunal Superior respalda la credibilidad del testimonio de la denunciante y señala que cumple los criterios de verosimilitud, credibilidad subjetiva y persistencia en la incriminación. Además, la sala destaca la existencia de elementos de corroboración externos, entre ellos las declaraciones de agentes de la Guardia Civil, el hallazgo del cuchillo mencionado en la denuncia, un sujetador roto y el correspondiente informe médico.
La resolución recuerda además que una sentencia absolutoria previa emitida por la Audiencia Provincial en diciembre de 2023 fue anulada posteriormente por el propio TSJCyL, que ordenó repetir el juicio al considerar insuficiente la valoración realizada entonces sobre la declaración de la víctima.
La sentencia no es firme y todavía puede ser recurrida mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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