La Diputación Permanente inadmite la petición del PSOE al considerar que no procede el control al Gobierno en funciones durante la interlegislatura
Las Cortes rechazan la comparecencia del consejero de Sanidad por el caso de Soria
La Diputación Permanente inadmite la petición del PSOE al considerar que no procede el control al Gobierno en funciones durante la interlegislatura
La Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes de Castilla y León ha acordado no admitir a trámite la solicitud de comparecencia del consejero de Sanidad en funciones, Alejandro Vázquez, una iniciativa impulsada por el PSOE tras los recientes acontecimientos en la Sanidad de Soria.
La petición socialista se había formulado después de la detención y posterior puesta en libertad con cargos de dos responsables sanitarios en la provincia de Soria, investigados por una supuesta prevaricación administrativa, una situación que derivó en la presentación de sus dimisiones.
Según ha trasladado el Parlamento autonómico en un comunicado, la decisión se sustenta en un informe jurídico de la Letrada Mayor de la Cámara, que concluye que la solicitud no encaja dentro de las funciones que corresponden a la Diputación Permanente durante los periodos de interlegislatura.
El informe se apoya en el artículo 56 del Reglamento de las Cortes, que delimita las competencias de este órgano cuando la Cámara está disuelta. Entre ellas figura la de velar por los poderes parlamentarios en casos de extraordinaria gravedad o urgencia, pero no el ejercicio del control ordinario al Gobierno, reservado al Pleno y a las comisiones en periodos de actividad parlamentaria.
De este modo, el documento jurídico considera que la comparecencia solicitada por el PSOE se enmarca en ese control ordinario al Ejecutivo, por lo que queda fuera de las atribuciones de la Diputación Permanente en el actual contexto institucional, con las Cortes disueltas y el Gobierno en funciones.
En consecuencia, la Mesa ha acordado la inadmisión a trámite de la iniciativa, al apreciar tanto defectos formales de legitimación como la falta de adecuación del objeto de la solicitud a las competencias del órgano en este momento.
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