Ambos partidos, pese a que han intentado desligar este acuerdo de las elecciones andaluzas, miran ya hacia la próxima semana
La Junta subvencionará con hasta 2.800 euros el ascenso profesional de mujeres en grandes empresas
En el caso de presentarse varias solicitudes de ascenso profesional por la misma empresa se subvencionará con el cien por cien la primera petición
Según ha publicado a 10 de mayo el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl), la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León subvencionará con hasta un máximo de 2.800 euros el ascenso profesional de las mujeres en Castilla y León en empresas de hasta 500 trabajadores, según se establece en las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a sociedades para fomentar la promoción profesional de la mujer.
La cuantía de la subvención será con carácter general de 2.000 euros, pero se incrementará hasta 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino, de acuerdo con la Orden de 16 de septiembre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción de jornada por cualquier causa, o contrato fijo discontinuo, la cuantía de la subvención se reducirá en proporción a la jornada realizada o días trabajados.
Además, en el caso de presentarse varias solicitudes de ascenso profesional por la misma empresa se subvencionará con el cien por cien la primera petición, con el 80 la segunda, con el 60 la tercera y con el 40 por ciento la cuarta y posteriores si las hubiese.
Según informa la Junta, las solicitudes de estas subvenciones se resolverán por el orden de presentación en el registro del órgano competente para la resolución, una vez comprobado que cumplen los requisitos.
Serán gastos subvencionables el incremento salarial derivado del ascenso o promoción profesional de la mujer trabajadora en que consiste la acción subvencionable. Podrán ser beneficiarias, concedidas al amparo de las presentes bases, empresas y personas físicas empleadoras, que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que en su totalidad tengan menos de 500 trabajadores.
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