El TSJ eleva a cuatro años la condena por agresión sexual a una menor en Soria

El tribunal aprecia que el acusado se aprovechó de su posición de superioridad sobre la víctima, de 13 años en el momento de los hechos

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El TSJ eleva a cuatro años la condena por agresión sexual a una menor en Soria
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El autor esLuis Romera Calvo
Luis Romera Calvo
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha elevado de dos a cuatro años de prisión la condena impuesta a un hombre de 53 años por un delito de agresión sexual a una menor en Soria, al considerar acreditado que se aprovechó de su situación de superioridad para cometer los hechos.

La sentencia, remitida este martes, modifica el fallo previo de la Audiencia Provincial de Soria, que había condenado al acusado a dos años de cárcel. El alto tribunal autonómico estima así el recurso de apelación presentado por la Fiscalía, que reclamaba un mayor castigo al entender que concurrían circunstancias agravantes no valoradas en la resolución inicial.

En concreto, el TSJCyL subraya que no se trataba de la inexistencia de relación o de prevalimiento por parentesco, sino de que la Audiencia no tuvo en cuenta la relación de superioridad del acusado sobre la víctima, elemento determinante para elevar la pena.

El fallo considera probado que el condenado mantenía una relación de confianza con la familia de la menor, de 13 años en el momento de los hechos, lo que le permitía acudir con frecuencia al domicilio familiar.

Además de la pena de prisión, el tribunal impone cinco años de libertad vigilada, nueve años de inhabilitación para ejercer profesiones u oficios relacionados con menores y la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima o comunicarse con ella durante cinco años. También deberá indemnizarla con 3.000 euros.

Los hechos se remontan al 7 de junio de 2024, cuando el acusado accedió al domicilio de la menor con el pretexto de hablar con una de sus hermanas. Una vez en el interior, inició conductas de carácter sexual no consentidas pese al rechazo expreso de la víctima, que le pidió que cesara y abandonara la vivienda.

Según recoge la resolución, el hombre persistió en su actitud hasta que una llamada telefónica interrumpió la situación, tras lo cual abandonó el domicilio. La menor alertó a su familia y posteriormente intervinieron los servicios policiales.

Aunque la víctima no ha requerido tratamiento psicológico, la sentencia recoge que los hechos tuvieron un impacto significativo en su comportamiento posterior, limitando su autonomía y su vida cotidiana durante meses.

Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 

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