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La Junta facilita la adopción a familias de acogida
La modificación de los decretos actuales agilizará los tiempos para ofrecer unos padres definitivos en los casos de bebés de renuncia
La Junta de Castilla y León modificará los decretos que regulan las adopciones y los acogimientos familiares de menores de edades, que datan de 2005 y 2006, para ampliar los supuestos para que una familia acogedora pueda adoptar al bebé, niño o adolescente que cuida en su hogar. Eso sí, solo será en los casos en que se hayan superado los plazos del acogimiento temporal y no sea imputable al acogedor. La actual normativa deja claro que el acogimiento es incompatible con la adopción. Es decir, una familia solo puede acoger si no es solicitante de adopción, salvo que se ofrezca para acoger menores con características "especiales" (grupos de hermanos, niños con discapacidades, y problemas de conducta o psíquicos graves).
La idea es que se estudie cada caso a la hora de formalizar una medida de protección definitiva para un niño bajo tutela administrativa y así asegurar que la protección de los derechos del menor queda garantizada con la permanencia en la familia de acogida, en lugar de buscar unos padres adoptivos. Algunas comunidades autónomas como Castilla y León cuentan con un sistema de protección muy rígido, que antepone los protocolos administrativos a las necesidades de interés del menor, al no permitir que una familia de acogida pueda pasar a ser la adoptante, cuando el retorno a su familia biológica es imposible.
En concreto, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades considera necesario "impulsar" una revisión de los decretos en vigor en la Comunidad que "favorezca" la protección y atención de la infancia y la adolescencia, además de incorporar al marco normativo los "cambios sociales" y las modificaciones de la legislación nacional.
No en vano, el procedimiento iniciado por la Junta para la elaboración de la nueva norma, consultado por la Agencia Ical, señala el "cambio social" en la visión ante la necesidad de establecer "cauces de enlace que rompan las fronteras entre acogimiento familiar y adopción". También, es consciente de las demandas realizadas por las asociaciones de familias acogedoras en las circunstancias de "adoptabilidad sobrevenida". Es por ello que apuesta por un cambio de doctrina en cuanto a los aspectos "vinculares" de los menores como criterio nuclear a tener en cuenta junto a su interés superior.
El presidente de la Asociación de Familias Adoptantes de Castilla y León (Arfacyl), Francisco Javier Álvarez- Ossorio, aseguró a Ical, que los objetivos que plantea la Consejería con las modificaciones de los decretos son "interesantes" y van en la "buena línea". "Es una reclamación de la entidad que viene de lejos por que la Comunidad cuenta con una normativa muy estricta al diferenciar la familia de acogida y la de adopción, lo que dificultaba que una familia acogedora pudiera adoptar al menor que cuida en su casa, pese a que los equipos técnicos lo consideraran adecuado", sentenció. Es por ello que no dudó en apuntar que Castilla y León era de las comunidades "más atrasadas" en esta cuestión. Y es que hay dos compartimentos estancos entre el acogimiento y la adopción, que pueden vulnerar los derechos del menor y no se tiene en cuenta el cuidado del niño, que debe ser el centro de todas las políticas. "En ocasiones, los acogimientos se alargan y son casi permanentes, que generan un fuerte vínculo entre la familia y el menor. Si la unidad está dispuesta a adoptar y se entiende que lo mejor para el niño es que siga con esa familia, hay que facilitarlo", manifestó.
La Ley de Protección del Menor es estatal pero su aplicación corresponde a las autonomías. Algunos gobiernos autonómicos dificultan que las familias de acogida puedan adoptar al niño que cuidan y así evitar utilizar esta vía para saltarse la larga lista de espera para adoptar. En cambio, las asociaciones y los psicólogos optan por priorizar el bienestar del niño, además de advertir de las consecuencias que puede tener para el menor un cambio de hogar de forma abrupta.
Álvarez- Ossorio apuntó a Ical que debe existir el paso "más adecuado" al menor y contemplar la "mejor posibilidad" para que el niño no sufra el cambio de situación, al pasar de una unidad a otra. En este sentido, echó en falta que la modificación del decreto no vaya a recoger un protocolo de transición, que "priorice" la estabilidad del menor para que el paso de una familia a otra cause el menor trastorno y sufrimiento.
En concreto, reclamó un protocolo con pautas de obligado cumplimiento para que la transición no repercuta en el niño. "Hay que cuidar las relaciones entre las dos familias, de la de acogida a la adoptiva, para que el cambio no sea dañino y traumático para el menor", precisa. No en vano, consideró que, hasta ahora, casi no se produce una transición ya que tiene lugar un "corte", por que se resuelve en unos días y varía en cada provincia, en función del equipo técnico encargado del proceso. "En ocasiones, da la sensación que el niño es arrancado de una familia para que pase a otra cuando lo importante es que sienta que ambas unidades le acompañan", añadió. De ahí que el responsable de Arfacyl apostó por hablar más del cuidado de las transiciones, al asegurar que la finalidad última es el bienestar del niño.
El procedimiento previo de elaboración de la norma contempla otros objetivos como agilizar los tiempos para ofrecer una familia definitiva en los casos de bebés de renuncia (aquel al que su madre biológica rechaza al nacer y es entregado a una familia de acogida que lo cuidará durante las primeras seis semanas, cuando la progenitora debe confirmarlo pasado ese tiempo). El procedimiento busca formalizar una guarda directamente con una familia de adopción, en el tiempo previo al asentimiento. La idea es procurar, según la Junta, la estabilidad familiar del recién nacido, evitando cambios en los cuidadores principales (de familia de acogida o centro de protección a familia adoptiva) en un momento "tan crucial" para el "adecuado" desarrollo psiconeurológico de un bebé.
Mismas opciones para la familia monoparental
Otras medidas que recogerá la modificación de los decretos, según Ical, es habilitar la posibilidad de que las personas que han solicitado la adopción puedan también ser acogedores, eliminar cualquier tratamiento diferencial por la condición monoparental o biparental de los que se han ofrecido para la adopción y reformular los efectos de la modificación de solicitudes. La idea que el cambio en el número de personas que se ofrecen para adoptar no implique en un nuevo ofrecimiento que deje sin efecto el anterior, con la consiguiente pérdida de antigüedad.
Francisco Javier Álvarez- Ossorio reconoció que los procesos de adopción son largos, que puede llegar a siete u ocho años, sobre todo cuando una familia busca un determinado perfil de niño. "Hay muchos que desean un bebé sano y la lista de espera aumenta mucho", asegura. Es por ello que animó a las familias a aceptar otra tipología de niños con características diferentes, como necesidades especiales, grupos de hermanos y adolescentes.
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