Las 10 principales medidas de los decretos ley de vivienda
Protección ante los desahucios, estabilización de los contratos de alquiler, prohibición de la compra especulativa a los fondos y regulación del alquiler de temporada, de habitación y turístico
Los dos decretos ley de vivienda que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros incluyen diversas medidas de protección ante los desahucios, estabilización de los contratos de alquiler, prohibición de la compra especulativa a los fondos y regulación del alquiler de temporada, de habitación y turístico.
También contienen cambios fiscales en el IRPF, el IVA y la tributación de las socimis (sociedades de inversión inmobiliaria), así como la renovación automática de contratos como médica única de uno de los decretos.
A falta de los detalles que se plasmen en los texto de los decretos, estas son diez de las medidas más relevantes, recoge EFE.
1.- Prórroga de dos años de los contratos de alquiler que venzan antes del 31 de diciembre de 2028. No son automáticas, sino que los inquilinos las tienen que solicitar.
2.- Tope del 2 % de subida en la actualización anual de las rentas.
3. Regulación del alquiler de temporada y del alquiler por habitaciones, aunque esta última no aplica en comunidades con legislación propia como Cataluña.
- Se establece una duración máxima de doce meses para el alquiler temporal.
- Se extienden a estos contratos las garantías de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y los derechos propios del alquiler habitual, como la prohibición de cobrar honorarios, los límites de fianza y la aplicación de los límites de precios.
- Se obliga a justificar la temporalidad del contrato y, si no queda debidamente acreditada, se considerará que el contrato es de vivienda habitual, al igual que cuando se encadenen contratos temporales con el mismo inquilino.
- Los alquileres de habitaciones pasan a tener el precio regulado (la suma de la renta de las habitaciones no podrá superar el tope establecido para las viviendas) y los inquilinos quedan protegidos con las mismas garantías que si tuvieran un alquiler habitual de todo un piso.
4.- Protección antidesahucios de las familias vulnerables sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030.
5.- Prohibición durante dos años a los fondos de inversión de comprar viviendas para uso especulativo.
6.- Renovación automática de los contratos. El arrendador deberá justificar la no renovación del contrato o, en caso contrario, indemnizar al inquilino.
7.- Tributación de los pisos turísticos con un 10 % del IVA.
8.- Reducciones fiscales para caseros que rebajen la renta respecto al contrato anterior, bonificaciones fiscales para inquilinos con ingresos inferiores a los 33.000 euros y préstamos del ICO al 0 % para la entrada en la compra de la primera vivienda, hasta el 20 % del valor de la casa, con un máximo de 50.000 euros.
9.- Incremento en la fiscalidad de las socimi (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) del 15 % al 25 % de los beneficios no distribuidos.
10. Los ayuntamientos podrán cobrar el doble de IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) a las casas que lleven cerradas más de tres años.
FUENTE: EFE








