Hacienda cobra mañana el segundo plazo de la Renta: lo que debes saber para evitar recargos
Este jueves 5 de noviembre vence el plazo para abonar el 40 % pendiente de la declaración de 2025. Los contribuyentes de Soria que eligieron fraccionar el pago deben comprobar si tienen domiciliado el recibo o necesitan realizar el ingreso por su cuenta
Los contribuyentes de Soria que optaron por pagar en dos plazos la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 tienen una fecha importante en el calendario. Mañana, jueves 5 de noviembre, la Agencia Tributaria efectuará el cobro del segundo plazo a quienes lo tengan domiciliado, mientras que quienes eligieron otra modalidad deberán ingresar la cantidad pendiente antes de que finalice la jornada. El importe representa el 40 % de la declaración y su pago fuera de plazo puede generar recargos.
La fecha figura en el calendario oficial de la Agencia Tributaria para 2026 y afecta a las declaraciones con resultado a ingresar cuyos titulares eligieron el fraccionamiento ordinario en dos pagos. El primero, correspondiente al 60 % de la deuda, se abonó en junio, mientras que el 40 % restante tiene como fecha límite este 5 de noviembre.
¿Qué ocurre si el segundo pago está domiciliado?
Los contribuyentes que dejaron domiciliados ambos plazos durante la campaña de la Renta no necesitan realizar ningún trámite adicional. Hacienda cargará automáticamente el importe pendiente en la cuenta bancaria facilitada, por lo que conviene comprobar que existe saldo suficiente para atender el recibo.
Si únicamente se domicilió el primer pago, es importante revisar cómo se configuró el segundo. El plazo para domiciliarlo finalizó el pasado 2 de noviembre, de manera que quienes no tengan activada esta opción deberán abonar la cantidad por otra de las vías admitidas.
Cómo pagar si no está domiciliado
Quienes eligieron fraccionar la declaración, pero no domiciliaron el segundo plazo, deberán realizar el ingreso mediante el modelo 102. Este trámite puede efectuarse por vía electrónica a través de la sede de la Agencia Tributaria o mediante una entidad bancaria colaboradora.
El plazo concluye mañana, 5 de noviembre, inclusive. No basta con haber pagado el primer recibo de junio: si se eligió el fraccionamiento, es necesario completar también el segundo ingreso.
¿Qué sucede si no se paga a tiempo?
No abonar el segundo plazo dentro de la fecha establecida puede dar lugar al inicio del procedimiento de recaudación ejecutiva y a la aplicación de los recargos que correspondan. La situación dependerá de cuándo se regularice la deuda y de las actuaciones realizadas por la Agencia Tributaria.
El fraccionamiento ordinario del IRPF en dos pagos no tiene intereses ni recargos cuando se cumplen los requisitos y los plazos. En cambio, dejar importes pendientes tras el vencimiento puede ocasionar costes adicionales.
Cómo comprobar cuánto queda pendiente
Para evitar sorpresas, los contribuyentes pueden consultar la copia de su declaración de la Renta 2025 y el justificante de presentación, donde figura la modalidad de pago elegida. También pueden acceder a su expediente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
El vencimiento no afecta a quienes obtuvieron una declaración a devolver, a quienes abonaron toda la cantidad en junio ni a quienes no tienen pendiente este segundo plazo. La recomendación es comprobar hoy miércoles tanto el importe como la cuenta bancaria y el método de ingreso seleccionado.








